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Corte ordena intervenir inmueble abandonado que genera foco de insalubridad en Antofagasta

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió un recurso de protección presentado por la Junta de Vecinos N°9 “Estadio Regional” y vecinos del sector Parque Brasil en contra de la Municipalidad de Antofagasta y la Secretaría Regional Ministerial de Salud, por la falta de medidas oportunas y eficaces para eliminar un foco de insalubridad existente en un inmueble abandonado de calle Lord Cochrane.

La acción fue interpuesta en representación de los vecinos, quienes denunciaron que ambas autoridades se habían abstenido de ejercer las facultades que les entrega la ley para enfrentar un riesgo sanitario derivado de la acumulación permanente de agua y la proliferación de vectores en el lugar. A su juicio, esa omisión vulneraba sus derechos a la vida e integridad física y psíquica y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

El problema afecta desde hace más de cinco años a un terreno donde quedaron paralizadas las obras del proyecto inmobiliario SOHO, que presenta una profunda excavación para estacionamientos subterráneos. Tras el abandono de las faenas, comenzó a acumularse agua de manera permanente, generando aguas estancadas, algas, residuos, proliferación de zancudos y presencia de roedores, situación que los vecinos calificaron como un riesgo sanitario grave.

Los recurrentes advirtieron además que el problema adquiría mayor relevancia por la alerta sanitaria vigente y por antecedentes relacionados con la presencia de Aedes aegypti en distintas zonas del país y de la Región de Antofagasta.

Señalaron que la situación había sido informada a las autoridades desde 2023 y que posteriormente presentaron diversas solicitudes formales ante la Municipalidad y la Seremi de Salud para que adoptaran medidas. Sin embargo, afirmaron que al momento de interponer el recurso no se había dado una solución material al problema.

A su juicio, esa falta de actuación mantenía una amenaza para la vida e integridad física y psíquica de los vecinos y vulneraba también su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Los recurrentes sostuvieron que la Municipalidad debía declarar el inmueble como propiedad abandonada y exigir medidas de cierre, higiene y mantención, además de adoptar acciones frente al riesgo sanitario y ambiental. También cuestionaron que, tras autorizar la excavación, no se hubieran exigido medidas de mitigación cuando las obras quedaron paralizadas.

Respecto de la Seremi de Salud, afirmaron que tenía facultades para ordenar el vaciado, relleno o tratamiento químico de las aguas acumuladas y adoptar medidas de control sanitario.

Alegaron que ambas autoridades incurrieron en inactividad, tanto por no responder oportunamente sus solicitudes como por no ejecutar acciones suficientes para solucionar el problema.

Por ello, pidieron ordenar al municipio intervenir el inmueble y a la Seremi realizar inspecciones, aplicar medidas de control, evaluar un sumario sanitario y coordinarse con los demás organismos competentes.

La Superintendencia de Salud informó que no tenía competencia para pronunciarse sobre el fondo del asunto.

La Municipalidad de Antofagasta pidió rechazar el recurso y sostuvo que no había permanecido inactiva. Explicó que, antes de declarar un inmueble como propiedad abandonada, debía notificarse al propietario para que corrigiera las condiciones de cierre, higiene y mantención. Como no logró ubicar a la inmobiliaria, recurrió a una publicación en el Diario Oficial y señaló que desde 2022 se habían cursado cinco infracciones, mientras el procedimiento para declarar abandonado el terreno seguía en tramitación.

La Seremi de Salud también solicitó el rechazo. Indicó que existía una resolución que obliga a eliminar las acumulaciones de agua generadas por excavaciones y a adoptar medidas para impedir la proliferación de mosquitos, pero señaló que no había podido iniciar un procedimiento sancionatorio por falta de un domicilio donde notificar al propietario.

Agregó que realizó inspecciones y análisis que detectaron Culex sp. y Culex quinquefasciatus, mientras que un supuesto ejemplar de Aedes aegypti fue descartado. También informó que Antofagasta pasó a nivel E1 de vigilancia vectorial y que el inmueble, por encontrarse cerrado y abandonado, dificultaba la toma de muestras.

Finalmente, la autoridad sanitaria señaló que declararía el lugar como foco de insalubridad, lo que permitiría ejecutar labores de limpieza, desinsectación y otras medidas de control.

La Corte de Antofagasta concluyó que tanto la Municipalidad como la Seremi de Salud incurrieron en omisiones ilegales y arbitrarias, porque, pese a conocer desde hacía años las condiciones de insalubridad del inmueble y contar con facultades para actuar, no adoptaron oportunamente medidas capaces de solucionar materialmente el problema.

El tribunal reconoció que ambas autoridades habían realizado gestiones. En el caso del municipio, existían denuncias, notificaciones, derivaciones a los Juzgados de Policía Local y actuaciones de sus unidades técnicas y jurídicas. Durante la tramitación del recurso, además, el inmueble fue declarado propiedad abandonada, lo que permitió su intervención. Respecto de la Seremi, se habían efectuado fiscalizaciones, vigilancia vectorial y análisis de muestras, y el lugar fue finalmente declarado foco de insalubridad.

Sin embargo, la Corte estimó que esas actuaciones fueron tardías e insuficientes frente a una situación conocida al menos desde 2022. La dificultad para ubicar al propietario podía explicar ciertos obstáculos administrativos, pero no justificaba que el riesgo sanitario permaneciera durante años sin una solución efectiva.

El fallo estableció que la acumulación prolongada de agua, la presencia de vectores y las condiciones de abandono constituían una amenaza para la integridad física de los vecinos y vulneraban su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Precisó que no era necesario esperar a que se produjera una enfermedad o lesión para otorgar protección.

La Corte señaló que no le correspondía definir directamente si la excavación debía vaciarse, rellenarse o recibir tratamiento químico, ni ordenar un sumario sanitario, pues esas decisiones técnicas y sancionatorias pertenecen a la autoridad sanitaria.

Por ello, dispuso que la Municipalidad y la Seremi actúen coordinadamente: el municipio deberá intervenir el inmueble dentro de sus facultades de cierre, higiene y mantención, mientras la autoridad sanitaria deberá determinar las medidas de control y prevención que correspondan. Ambas instituciones deberán establecer un plan de trabajo con fechas que permitan supervisar el cumplimiento de las acciones.

La Corte de Antofagasta acogió el recurso de protección y ordenó a la Municipalidad intervenir el inmueble de calle Lord Cochrane para adoptar medidas de cierre, higiene, mantención y seguridad.

También dispuso que la Seremi de Salud determine y fiscalice las medidas sanitarias y de control vectorial necesarias hasta controlar los riesgos existentes.

Ambas autoridades deberán actuar coordinadamente e informar a la Corte, dentro de 30 días desde que la sentencia quede firme, las medidas ejecutadas y las fechas previstas para las acciones pendientes, sin perjuicio de adoptar de inmediato aquellas que no admitan demora.

 

Vea sentencia Corte de Antofagasta Rol N°1.174-2026 (Protección).

 

Fuente: Diario Constitucional

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