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Corte de Santiago confirma sentencia que acogió demanda por incumplimiento de contrato de banco.

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En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a BancoEstado por incumplimiento de un contrato de recaudación con una empresa dedicada al servicio de recargas electrónicas virtuales.
La resolución dice que al recibirse la causa a prueba uno de los puntos fijados fue “Incumplimiento dado por las partes a obligaciones emanadas de dicho contrato”, punto de prueba que la demandada instó a ser mantenido sin variación a fojas 231, el que finalmente se mantuvo al rechazarse la reposición de la demandante.
La sentencia sostiene que en ese ámbito entonces debe señalarse que persiste la insuficiencia probatoria, respecto de la argumentación de que la demandante también se encontraría en mora de cumplir el contrato al no haber sido posible implementar completamente el Convenio por no haberse podido acordar el identificador único previamente acordado con el cliente, según la cláusula primera del mismo.
Agrega que en cuanto a la argumentación subsidiaria contenida en el recurso, esto es la inexistencia de incumplimiento imputable a la demandada, pues no concurriría uno de los requisitos de la mora, cual es el dolo o culpa del deudor, ya que los incumplimientos escapaban a la esfera de resguardo que le corresponde, no cabe sino conforme al artículo 160 del Código de Procedimiento Civil, más que desestimar el recurso, por tratarse de argumentación nueva, no sometida en la contestación de la demanda a consideración del tribunal, ya que simplemente se alegó, en este punto, que su parte había dado cumplimiento a las obligaciones convenidas.

Vea texto íntegro de la Corte de Santiago y de primera instancia.

Fuente: Diario Constitucional.

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