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CS acoge queja y confirma fallo que condenó a automotora por infringir ley del consumidor.

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En Corte dividido, la Corte, el derecho de respuesta y la confirmación, la sentencia, la sentencia, la empresa automotriz, Williamson Balfour Motors, a pagar una multa de 30 UTM, la restitución de la suma de $ 20.490.000 y el pago de una indemnización de daños por concepto de daño moral ascendente a la suma de $ 1.500.000 por las fallas de vehículo nuevo que vendió.
La sentencia se mantiene en el mismo lugar que los autos.-, una garantía convencional otorgada por el vendedor, el plazo de tres meses para la triple opción contenida en el artículo 20 de la Ley N ° 19.496, así como también el término de seis meses para decretar la prescripción de las acciones infraccionales y civiles , se suspende durante el tiempo en el que el bien esté reparado, el período de tratamiento de la consulta y la responsabilidad civil, se culminó cuando el vehículo se tradujo en una parte de la demanda en el mes de enero de 2017 .
La resolución n ° 19.496, comenzó a correr para informar a los recién nacidos el mes de enero de 2017, de lo que se ve ahora. Que, al mismo tiempo, fue el mismo día en que se cumplió la ley N ° 19.496.
La información del artículo 21 de la Ley N ° 19.496, que sujetan el ejercicio de los derechos previstos en sus artículos 19 y 21 a que bien no se ha deteriorado por hecho imputable al consumidor.
A continuación, el fallo señala que en los relatos, las condiciones, los resultados, los resultados, los resultados, los registros, los resultados, los incidentes, los incidentes, las incidencias, los errores, las decisiones, los resultados, los resultados, la prescripción, y la caducidad. , en los términos que se planteó la contienda, no se resuelve como se ha hecho, se le da derecho al consumidor de su derecho a la triple opción, porque es el manifiesto de la acción para perseguir las responsabilidades contravencionales y civiles fue ejercido dentro del término legal, incurriendo en una falsa aplicación de los artículos 20, 21, 23 y 26 de la Ley del Consumidor. remedioYa que los jueces del fondo han sido una certeza que no se condujo con los hechos que emanan del proceso en el estudio.
Por tanto, concluyo que te conviertes en el recurso de la queja deducido, y te remontamos en el tiempo que te motive y en el uso de las facultades disciplinarias de este tribunal, que se presente sin efecto en la sentencia de segunda instancia de abril de dos mil dieciocho, dictada en el proceso Rol N ° 223.879-03 / 2017, del Juzgado de Policía Local de Lo Barnechea, confirmando la decisión de primer grado, de treinta y uno de julio de dos mil diecisiete.
No se cuenta con la remisión de estos antecedentes al respecto.
Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Valderrama, quien estuvo por desestimado, teniendo también en cuenta las faltas o abusos que se configuran en la base de la arbitrariedad cometida por los magistrados de la Corte de Apelaciones al aplicar los artículos 20, 21 y 26 de la Ley N ° 19.496 de una manera que a la que parece censurable, un asunto evidente interpretativo, un aspecto de esta Corte ha sostenido reiteradamente que el recurso de una queja no ha sido instituido para corregir los errores de ese carácter y provocar por este solo concepto un nuevo pronunciamiento sobre el asunto. De este modo, como se dijo, el disidente estuvo para recargar el recurso, para que podamos ser capaces de cometer los errores o las equivocaciones de los jueces con motivo del pronunciamiento de la sentencia,

 

Ver texto íntegro de la sentencia rol 8.285- 2018

Fuente: Diario Constitucional.

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