otrosservicios
Iniciativa propone incorporar la rendición de prueba nueva en el procedimiento laboral.
enero 7, 2018
tribunal
Juzgado Civil de Santiago ordena a empresa de buses indemnizar a familia de pasajera lesionada en accidente de tránsito.
enero 7, 2018
Ver todos

Corte de Santiago ordena a Hospital indemnizar a familia de paciente que quedó en estado vegetativo.

abogados

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Hospital del Salvador a pagar una indemnización total de $100.000.000 a la cónyuge e hijos de paciente que recibió un mal y tardío tratamiento en el centro asistencial, tras sufrir una fractura de fémur en un accidente de tránsito en enero de 2011.
La sentencia sostiene que del análisis de todas las normas de salud mencionadas precedentemente, puede concluirse que el legislador ha otorgado a los Directores de Establecimiento de Autogestión en Red, como lo es el Hospital del Salvador, la representación judicial y la capacidad de ser demandado directamente, teniendo recursos y patrimonio propios. El Servicio de Salud sólo puede actuar en calidad de coadyuvante si así lo estimare conveniente. En consecuencia, como los hechos constitutivos de la situación jurídica reclamada por los demandantes resultan atribuibles al Hospital del Salvador, Establecimiento de Autogestión en Red, resulta que le corresponde a este nosocomio responder patrimonialmente por el daño moral causado a la cónyuge e hijos reclamantes. Así las cosas se desestimará la legitimación pasiva del Servicio de Salud argumentada por la recurrente.
Fallo que confirmó la resolución impugnada, dictada por 29° Juzgado Civil de Santiago que concluyó que en base de todo lo que se ha venido detallando en los motivos anteriores de esta sentencia, se logra acreditar y generar la convicción inequívoca en este Tribunal, de que el actuar del Hospital del Salvador, desde el ingreso del paciente a sus dependencias, hasta el día 15 de febrero de 2011, momento en el cual se produce el trágico accidente que lo conduce al estado vegetativo que persiste hasta la actualidad, fue fruto de un actuar deficiente y tardío, lo que configura las hipótesis de la falta de servicio demandada y la existencia de un daño cierto, que debe ser reparado.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Ilustrísima Corte de Santiago y de primera instancia.

Fuente: Diario Constitucional.

Iniciar chat
¿Reservar una cita?
Hola, somos MGM Abogados, ¿en que podemos ayudarte?
Powered by