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agosto 22, 2022Sexto TOP condena a 801 días de presidio a autor de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia
En fallo unánime, tribunal condenó hoy –lunes 22 de agosto– a Víctor Darío Palominos Tejos a la pena efectiva de 801 días de presidio, en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.
El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy –lunes 22 de agosto– a Víctor Darío Palominos Tejos a la pena efectiva de 801 días de presidio, en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.
En fallo unánime (causa rol 227-2022), el tribunal –integrado por los jueces Hugo Espinoza Castillo (presidente), Hernán García Mendoza y Freddy Muñoz Aguilera (redactor)– aplicó, además, a Palominos Tejos las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y la inhabilitación para obtener licencia de conducir vehículos de tracción mecánica por el término de 5 años; más el pago de una multa de 6 UTM.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la mañana del 26 de junio de 2021, “Víctor Darío Palominos Tejos fue controlado por personal de Carabineros al momento que conducía el vehículo motorizado placa patente única UE-8776-6 por Avenida Departamental en dirección al poniente, constatando que se encontraba en estado de ebriedad, lo que constó por su hálito alcohólico, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, arrojando como resultado 1,72 g/l de alcohol en la sangre, conducta que ejecutó sin haber obtenido licencia de conducir”.
En la determinación del quantum de la pena a imponer a Palominos Tejos, el tribunal tuvo presente: “Que el acusado ha resultado responsable, en calidad de autor, de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio”.
“Ahora, teniendo en consideración que solo concurre una circunstancia que agrava su compromiso delictual, sin que concurra morigerante alguna, estos sentenciadores se encuentran vedados de aplicar la pena en su mínimum, optándose por el quantum que se explicitará en la parte resolutiva de esta sentencia, por aparecer más acorde a los hechos y a sus circunstancias”, concluye.