Ingresaron al TC inaplicabilidades que impugnan normas que limitan excepciones en juicio ejecutivo laboral.
abril 10, 2019Corte de Santiago rechaza demanda de empresa de alimentos contra corredora de seguros.
abril 10, 2019Juzgado Laboral de Antofagasta rechazó tutela deducida contra Universidad por docente quien habría sido marginado de sus funciones debido a su avanzada edad.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta rechazó la demanda de vulneración de derechos, de despido indirecto y de declaración de único empleador deducidas contra INACAP, y se acoge la de cobro de prestaciones, interpuestas por un docente, quien decidió poner término a su contrato de trabajo invocando la causal de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, fundado en que luego de 16 años trabajando para la demandada, sin ningún tipo de reproche en su contra, se le removieron las labores administrativas de coordinación de ciencias básicas.
En su sentencia, el Tribunal indicó que la denunciada no controvierte que el actor tuviera una baja en sus remuneraciones y tampoco desconoce que dejó de prestar los servicios de coordinador para los que había sido contratado entre 2015 y 2018, pero tal como explican los testigos y absolvente esto no ocurre por la edad de actor, toda vez que existen otros docentes –como mencionan los testigos y también el actor al prestar declaración- que son mayores que el demandante y siguen trabajando en la Universidad, por lo que no ha existido respecto del actor, una desigualdad de trato por su edad de esta manera se ha logrado acreditar que la merma en las remuneraciones y la decisión de no otorgarle la coordinación no obedece a un trato negativo por su edad, sino que se debe a la percepción respecto a la calidad del trabajo que el actor estaba entregando en la Universidad y a los cambios en los planes de estudios, unido a la disminución de alumnos que hacen innecesario la contratación de horas del actor para prestar servicios de docencia por lo que rechaza la demanda de tutela.
Vea texto íntegro de la sentencia Rol N° 314-18.
Fuente: Diario Constitucional.