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julio 8, 2019Juzgado de Letras de Coyhaique ordena indemnizar a cónyuge e hijos de fallecido en accidente de tránsito.
El Primer Juzgado de Letras de Coyhaique condenó a conductor y a dueño de camión a pagar una indemnización total de $60.000.000 por concepto de daño moral, a la cónyuge e hijos de víctima que falleció en un accidente vehicular registrado en la Ruta X-065, en enero de 2014.
La sentencia sostiene que atendida la prueba rendida y analizada en el proceso, la entidad, naturaleza y gravedad del hecho que produjo el resultado de muerte en el accidente de tránsito invocado y las alteraciones psicológicas y emocionales producidas a la cónyuge de la víctima, quien además presenció la violenta muerte que sufrió su marido, experimentando un daño psicológico severo, consistente inicialmente en un trastorno de estrés postraumático, que luego derivó en un trastorno ansioso depresivo.
La resolución agrega que en cuanto los cuatro demandantes, se accederá a la indemnización pedida teniendo presente la calidad de hijos de la víctima del accidente de tránsito y las consecuencias emocionales que tuvo para cada uno de ellos el repentino y trágico deceso de su padre, generándose una inestabilidad emocional que incluso llevó a dos de los demandantes a perder su fuente laboral, conforme dieron cuenta los testigos.
Por tanto, concluye que se acoge la demanda civil de indemnización de perjuicios, deducida en lo principal de la presentación de fecha 11 de enero de 2018, solo en cuanto se condena solidariamente a los demandados conductor y propietario del camión a pagar, a título de daño moral ocasionado por el fallecimiento de víctima, las siguientes sumas de dinero:
A cóyunge la suma de $20.000.000.
A hijos, la cantidad de $10.000.000 para cada uno de ellos.
El Tribunal dio por acreditado que el día 18 de enero de 2014, cerca de las 14:00 horas, el demandado conducía el camión marca Mercedes Benz, modelo 2235, año 1988, patente PP 1483, por el costado derecho de la calzada de la ruta X-065 en dirección al norponiente y al ingresar a una curva descendente hacia la derecha, que se encuentra aproximadamente en el kilómetro 10 de la citada ruta, traspasó el eje demarcado para la circulación por su vía, obstruyendo el normal desplazamiento del vehículo en el que transitaba víctima, lo que produce que el camión colisione en forma frontal con la camioneta de éste.
Vea texto íntegro de la sentencia rol 74-2018
Fuente: Diario Constitucional.