1555347186
Corte de Santiago rechaza recursos de nulidad y confirma fallo laboral por despido de conductora radial.
abril 15, 2019
tribunal constitucional
Impugnan ante el TC norma que restringe recurso de apelación en el procedimiento de Policía Local que incidiría en denuncia infraccional por tala no autorizada de bosque nativo.
abril 16, 2019
Ver todos

Juzgado Civil de Santiago ordena al Fisco indemnizar a nietas de fallecida por tsunami en Dichato.

1554828807

El Duodécimo Juzgado Civil de Santiago condenó a Fisco a una indemnización de $ 15.000.000 a cada una de las nietas de Eliana Lema Morales, quien perdió la vida por la tercera ola del tsunami que azotó la localidad de Dichato la madrugada del 27 de febrero de 2010.
La sentencia que se mantiene en este sentido y que se tiene presente en el desarrollo de los hechos, según se ha consignado en autos, se ha aclarado el terremoto y su magnitud se ha convertido en un caso fortuito o fuerza mayor. Para ello, no hay ningún problema, también se puede utilizar este sistema de protección civil. minimizar los daños. Es efectivamente en momentos de catástrofes que inicia su labor.
La información que se tiene en cuenta. La investigación se ha convertido en autos, se ha resuelto en el hecho de las direcciones. Reglas de la ONEMI del Maule y Concepción. La dirección del maule se desplomó y no se puede establecer el sistema operativo de las comunicaciones. otro lado En cuanto a la Dirección del Bío, se está mudando de edificio y la red de telecomunicaciones se encuentra en un edificio antiguo que se despliega producto del Terremoto.
A continuación, el fallo señala que otra parte, el SHOA decretó alerta de tsunami a las 03:51 am y remitió dicha alerta por fax al CAT de la ONEMI a las 04:07 am, apoyado además en el primer boletín del Pacífico Tsunami Centro de advertencia recibido en la sala SNAM a las 03:48 horas, documento que había sido remitido por el PTWC a las 03:46 hora de Chile, que indica la probabilidad de tsunami en las costas chilenas y peruanas. Más aún, se reciben 2 informes más de PTWC y llamadas, alertando de la posibilidad de tsunami.
Esta alerta fue desestimada en el CAT y no emitió la alerta de tsunami. En consecuencia, fue previsible la ocurrencia de un tsunami, pues así se comunicó la alerta del SHOA y el boletín del PTWC. Por último, el SHOA, baja erradamente la alarma de tsunami, a las 04:07 horas, comunicada dicha decisión a la ONEMI a las 05:10 horas. Bajar la alarma, fue un error humano, por lo tanto, se dio cuenta de que no se trataba de un sistema de trabajo. Aunque la baja de la alarma de tsunami no afectó en particular a la situación de análisis de la ONEMI, en ningún momento se emitió una alerta de tsunami, se descartó en todo momento la ocurrencia de un tsunami,
Afirmar la resolución que se conoce ahora cómo está integrado y funciona el Sistema de Protección Civil es conveniente recordar las imputaciones que los actores han deducido en el Estado de Chile para confrontarlas con los derechos legales y así definir la existencia o no de una Falta de servicio en la base de la prueba.
Luego, expone el fallo que luego de dicho el terremoto Carabineros procuró la evacuación de la población costera de Dichato hacia las zonas de seguridad, que sin embargo, una vez, que en las zonas seguras, las autoridades cancelaron la alarma de tsunami y, difundieron información errada y falsa acerca de la inexistencia de riesgo de tsunami, aconsejando mantener la calma y retornar a sus hogares. En este contexto, las demandas argumentadas, la información errónea se difundió a la población se modificó el curso causal provocado por un evento de la naturaleza y el propio cuidado de la víctima por cuanto su abuela en la confianza de lo informado por las autoridades de la época Cierto, retornó a su alojamiento, creyó que no lo haría seguro, pero, sin embargo, al llegar a la zona costera de Dichato, el vehículo en el que se sabe,
Por último, concluye que en este sentido, es de considerar, que la conducta de la fallecida, fue modificada por la información errónea de las autoridades y la confianza en esa información, desde la venía de las autoridades, provocó que doña Eliana Lema Morales , abandone la zona de seguridad para volver a su alojamiento en la zona costera de Dichato lo que en definitiva le costó la vida. Que, la muerte de doña Eliana, en las circunstancias ocurridas causó gran impresión y daño emocional en los demandantes.

 

Ver texto íntegro de la sentencia rol 5.999-2014

Fuente: Diario Constitucional.

Iniciar chat
¿Reservar una cita?
Hola, somos MGM Abogados, ¿en que podemos ayudarte?
Powered by