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En noviembre entra en plena vigencia el Registro Nacional de Deudores de Alimentos.

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La Ministra de Justicia entregó detalles de la modalidad que será electrónica y administrada por el Servicio de Registro Civil e hizo un llamado para que las instituciones públicas y privadas obligadas por ley a consultar el Registro “se enrolen a la brevedad”.

19 de octubre de 2022

“Esta es una innovación legislativa que cambiará la cultura de deudores. Será oneroso el permanecer en el registro, no se podrá acceder a créditos…”, sentenció la ministra de Justicia y Derechos Humanos, Marcela Ríos, quien expuso ante la Comisión de Mujer y Equidad de Género, sobre la implementación del Registro Nacional de Deudores de Alimentos (Ley 21389) que entrará en plena vigencia el 18 de noviembre próximo.

FUNCIONAMIENTO

El Registro, que entrará en vigencia el 18 de noviembre próximo, articula un sistema con medidas que favorecen el cumplimiento del pago; estimula una disposición más colaborativa por parte del deudor; y permite a ciertas entidades comunicar al tribunal competente la información relevante para el cobro de la pensión alimenticia.

Su funcionamiento será electrónico y de acceso remoto, gratuito e inmediato para cualquier persona con interés legítimo en la consulta; así se permitirá consultar, en un solo acto, todas las inscripciones vigentes que afectaren a una persona en calidad de deudor de alimentos.

Podrá consultar toda persona o entidad con obligación legal de revisar el Registro; y los órganos de Ia administración del Estado y entidades que, de conformidad con las disposiciones de Ia ley N° 14.908, deban consultar para la adjudicación de beneficios económicos; además de la persona alimentante, el/la alimentario/a o su representante legal y los tribunales con competencia en asuntos de familia.

La implementación del Registro está a cargo de una Comisión de Coordinación y Evaluación del Nuevo Sistema de Cumplimiento de Pensiones y se han conformado dos subcomisiones: de comunicaciones y enrolamiento, para esta última se deben enrolar instituciones públicas y privadas obligadas por ley a consultar el Registro, tales como municipalidades (345), notarías públicas y Conservadores de Bienes Raíces (471), organismos del Estado y relacionados (387), y bancos e instituciones financieras: Cajas de Compensación y Cooperativas de Ahorro y Crédito (32).

Pese al mandato y a la notificación oportuna a las instituciones, a la fecha –tal como se detalló- el enrolamiento ha sido bajo, con el cumplimento del 24% de las municipalidades, 43% de notarías, 29% de organismos estatales y 19% de entidades financieras. Por lo que el llamado durante la Comisión, presidida por la senadora Claudia Pascual, fue a enrolarse a la brevedad.

El ministerio de la Mujer y la Equidad de Género ha dispuesto de un portal de preguntas y respuestas sobre el funcionamiento del registro.

La senadora Claudia Pascual y el senador Gustavo Sanhueza valoraron el avance y recordaron que este Registro solo será para los deudores que hayan sido judicializados; además, destacaron la importancia de la coordinación.

“Se busca provocar una profunda transformación que no va a perseguir a un alimentario que por alguna circunstancia eventual tenga dificultes económicas y que regularizada la situación vuelve a pagar, sino que cambia la relación de aquellos que no cumplen con su obligación en la cotidianeidad y en el transcurso de vida del menor”, recalcó la senadora Pascual.

Vea mensaje, discusión y análisis Boletín N°14077-18.

Fuente: Diario Constitucional

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