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Corte de Valparaíso rechaza amparo de estudiante detenido en marcha de profesores.

corte de valparaiso

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de amparo preventivo interpuesto por estudiante universitario en contra de personal de Carabineros que lo habría golpeado e insultado tras ser detenido en marcha convocada por el Colegio de Profesores, el martes 11 de junio recién pasado.
La sentencia sostiene que del mérito de los antecedentes reunidos, en especial por los videos acompañados por la recurrida, y que se han tenido a la vista, no permiten adquirir convicción acerca de la existencia de algún hecho que constituya privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal y seguridad individual del amparado, al no acreditarse las alegaciones del recurrente en cuanto a haber sufrido golpes, amenazas o maltrato de palabra por parte de Carabineros, quienes han actuado en cumplimiento del Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público, tanto en su detención como en momentos posteriores, razón por la cual la Corte no está en situación de adoptar medidas protectoras a su favor.
Por último, concluye que por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo preventivo deducido por Cristóbal Sepúlveda Concha, en contra de Carabineros de la V Zona de Valparaíso.
Decisión adoptada con el voto en contra de la ministra Donoso, quien fue de parecer  de acoger  el  recurso de amparo, sólo en cuanto a decretar que Carabineros de Chile debe instruir un sumario administrativo a fin de averiguar si, en la especie,  se cumplió  con los protocolos de la institución y, en especial, si en ellos se contempla la necesidad de constatar lesiones  en estas  detenciones masivas e indiscriminadas puesto que, es de público conocimiento que, en no pocos casos, la policía utiliza violencia innecesaria en contra de los estudiantes que se manifiestan públicamente.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 415-2019

Fuente: Diario Constitucional.

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