depositphotos_10896568-stock-photo-hospital-surgery-corridor-696x418
Clínica sancionada por exigir pagaré a paciente con quemaduras graves: multa de 400 UTM confirmada por Corte de Santiago
octubre 6, 2025
medico-de-vista-frontal-con-elemento-medico-1024x576-1-696x418
Corte Suprema ordena a aseguradora indemnizar gastos médicos por 21 millones tras aplicar indisputabilidad
octubre 13, 2025
Ver todos

Corte de Santiago respalda despido por acoso sexual: basta un solo episodio para justificar la desvinculación

acoso-laboral-psicologos-696x418

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado por la parte demandada en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que había acogido la demanda por despido injustificado interpuesta por un trabajador.

El caso se originó cuando el demandante, quien se desempeñaba como bodeguero, fue despedido por su empleador invocando la causal de conductas de acoso sexual prevista en el artículo 160 N°1 letra b) del Código del Trabajo.

El Juzgado de primera instancia acogió la demanda del trabajador, considerando que no se había acreditado una pluralidad de hechos constitutivos de acoso sexual.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones estimó que hubo un error en la calificación jurídica de los hechos.

La Corte señaló que, “(…) si bien el legislador alude a la expresión ‘conductas’, tal vocablo no se emplea en el sentido de exigir una pluralidad de comportamientos de esta índole, sino, al igual como ocurre con otras causales como d. Injurias; o e. Conductas de acoso laboral, para articular las motivaciones que podrían servir de base a esta forma de poner término al contrato de trabajo, no es necesario que aquello sea reiterado”.

En consecuencia, concluyó que, aun tratándose de un solo episodio de acoso sexual, este podía fundamentar legítimamente el despido, siempre que estuviera debidamente acreditado, como ocurrió en este caso con las pruebas rendidas, que incluían testimonios de la denunciante y de testigos que confirmaron la conducta inapropiada del trabajador.

Adicionalmente, la Corte advirtió un error interpretativo del juez de primera instancia al analizar las conclusiones de la investigación remitidas a la Inspección del Trabajo. En dicho análisis, se omitió la correcta interpretación de una palabra clave, lo que modificaba sustancialmente el sentido del informe y, por ende, la apreciación de la existencia de acoso sexual. Explicó que, al considerar el contexto completo y la totalidad de las pruebas, se constató que la conducta denunciada generó un efecto laboral adverso y un ambiente hostil para la trabajadora, justificando plenamente la decisión del empleador de poner término al contrato de trabajo.

En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago acogió el recurso de nulidad, anuló la sentencia impugnada y, en su reemplazo, rechazó la demanda de despido injustificado, manteniendo solo la condena al pago de feriado legal y proporcional.

Ello luego de razonar que la prueba rendida en autos, en particular los testimonios y las conclusiones de la investigación remitida a la Inspección del Trabajo, permitió acreditar la ocurrencia de actos constitutivos de acoso sexual según lo exige el artículo 2° del Código del Trabajo, como requerimiento de tipo sexual no consentido que generó efectos laborales adversos. Por lo tanto, se constató que el demandante incurrió efectivamente en la conducta que fundamenta la causal de despido prevista en el artículo 160 N°1, letra b), del mismo cuerpo legal, lo que justificó plenamente la terminación de la relación laboral.

 

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°2532-2024 y de reemplazo (Laboral – Cobranza).

 

Fuente: Diario Constitucional

Iniciar chat
¿Reservar una cita?
Hola, somos MGM Abogados, ¿en que podemos ayudarte?
Powered by