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agosto 10, 2025
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Consecuencia de conducir con licencia suspendida: Corte Suprema ratifica condena

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La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra la sentencia que condenó a un sujeto por conducir un vehículo motorizado con licencia suspendida, delito que está previsto en el inciso primero del artículo 209 de la ley Nº18.290 (Ley de Tránsito). El fallo confirmó la pena de 500 días de presidio bajo la modalidad de reclusión domiciliaria parcial nocturna, multa de seis unidades tributarias mensuales y la accesoria legal correspondiente.

El máximo Tribunal desestimó el argumento de la defensa sobre una supuesta vulneración al derecho a un debido proceso y a la defensa, específicamente en su vertiente probatoria.

La defensa alegaba que se le impidió presentar dos testigos clave para su teoría del caso, al no estar presentes al inicio de la audiencia de juicio.

Sin embargo, la Corte Suprema determinó que los testigos en cuestión debían ser notificados por la propia defensa, por lo que no era admisible solicitar su comparecencia compulsiva. Tampoco se identificó un error en el procedimiento que hubiera entorpecido significativamente el derecho a la defensa.

Además, señala la Corte que aun si se hubiera contado con la declaración de los testigos ausentes, el tribunal habría llegado a la misma decisión, ya que los testigos médicos que sí declararon no respaldaron la versión exculpatoria del acusado sobre un supuesto estado de necesidad. No se demostró una condición de gravedad o dolor importante que justificara el estado de necesidad alegado por el imputado.

El fallo destaca que, para declarar la nulidad de un proceso, la infracción denunciada debe ser «sustancial, trascendente, de gravedad, de tal modo que el defecto sea, en definitiva, insalvable frente al derecho constitucional del debido proceso».

En este caso, la Corte consideró que no se cumplían estos requisitos.

Con esta decisión, se mantiene firme la sentencia del Juzgado de Garantía de Ancud, reafirmando la importancia de respetar las sanciones judiciales relacionadas con la conducción de vehículos y la seguridad vial. El caso también subraya la necesidad de que la defensa asegure la comparecencia de sus testigos en los juicios orales simplificados, dada la naturaleza expedita de estos procedimientos.

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº 25.467-2024.

 

Fuente: Diario Constitucional

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