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BCN publicó Guía legal sobre Ley del Sida.

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El sitio web de la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), publicó en su sección Ley fácil la Guía sobre Ley del Sida.
El documento define el SIDA como una enfermedad provocada por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH). El Sida o Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida, es una etapa avanzada de la infección producida por este virus que destruye en forma progresiva el sistema inmunológico de las personas.
Con respecto a cómo se contagia el VIH o Virus de Inmunodeficiencia Humana, explica el texto que por vía sexual, sanguínea y vertical (de la madre al hijo) y se detecta mediante el Test de ELISA para VIH, un examen de sangre específico que detecta los anticuerpos que genera el organismo frente al virus. El test de ELISA se puede realizar en hospitales, clínicas, consultorios o laboratorios privados y no tiene ningún costo en los hospitales públicos. En algunas organizaciones sin fines de lucro sólo piden un aporte voluntario.
En lo que se refiere a las características que tiene el examen para detectar VIH, la BCN detalla que el examen es voluntario, nadie puede ser obligado a practicárselo contra su voluntad; confidencial, debe quedar una constancia escrita del consentimiento del interesado o de su representante legal; y además, antes de aplicarse el examen, la persona debe recibir consejería sobre su derecho a no practicarse el examen, qué es el VIH, y su acción en el organismo, la implicancia de ser portador de este virus, sus formas de infección y medios de prevención.
A continuación, el documento destaca que el examen se repite varias veces precisamente para confirmar su resultado y quien acredita los resultados es el Instituto de Salud Pública de Chile (ISP).
Luego, la BCN asevera que el laboratorio que llevó a cabo el examen, a través de personal debidamente entrenado, debe entregar el resultado en forma reservada,  por escrito y de palabra, al paciente. Excepcionalmente, si el afectado estuviere incapacitado para recibir la información, será entregada a su representante legal, apoderado o familiar que lo acompañe, indica.
La entrega del examen, agrega el documento, tanto si es positivo como negativo, se hará con consejería, en lo posible por la misma persona que efectuó la consejería previa al test. En ella, junto con darle a conocer el resultado del mismo, se le dará la información que le permita tomar decisiones informadas respecto de sus comportamientos futuros, tanto para permanecer sin infección como para integrarse y mantenerse en los sistemas de control y tratamiento si sus exámenes han resultado positivos para el VIH.
Enseguida, la BCN indica que luego de que se entrega el resultado al paciente, si éste es positivo se debe notificar a la Autoridad Sanitaria, con el objeto de mantener un adecuado control estadístico y epidemiológico. Para ello todos los médicos que atiendan en establecimientos estatales o privados tienen la obligación de notificar por escrito los casos a la Autoridad Sanitaria, lo mismo en el caso de los laboratorios clínicos. También se debe notificar al Departamento de Programación del Ministerio de Salud, indica.
En el caso, añade el documento, que se tome el examen a un mayor de 14 años, pero menor de 18, si el examen establece que la persona es portadora se deberá informar de este hecho a su representante legal (padres o tutores). Un reglamento del Ministerio de Salud establecerá el procedimiento de información, así como el manejo adecuado para el control, apoyo y seguimiento del paciente.
Finalmente, recuerda la BCN que todas las personas portadoras del virus VIH que se encuentren en el territorio nacional tienen derecho a atención gratuita en el sistema público a través del plan Auge. Para ello el Servicio de Salud cuenta con Centros de Atención en todas las regiones del país.

 

Vea texto íntegro del documento

 

Fuente: Diario Constitucional

 

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